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Funciones y Atribuciones

 

Art. 47.- Dirige y coordina la política de desarrollo académico de la Universidad Técnica de Babahoyo. Preside el Consejo Académico Superior, la Comisión de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, la Comisión de Comunicación, Arte, Cultura, Deporte y Recreación; y, la Comisión de Vinculación con la Sociedad y Comisión de Seguimiento a Graduados, además dirige las políticas de Educación Continua.

El Vicerrector (a) Académico, ejerce autoridad sobre todas las unidades académicas de la Universidad en los asuntos de su competencia.

Art. 48.- Son atribuciones del Vicerrector (a) Académico:

1.    Formar parte del Órgano Colegiado Superior (OCS) con voz y voto, y reemplazar al Rector (a) en caso de ausencia temporal o definitiva.

2.    Ejecutar las representaciones y funciones que el Rector le asignare.

3.    Convocar y Presidir el Consejo Académico Superior.

4.    Convocar y Presidir la Comisión de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CACES – UTB).

5.    Convocar y Presidir la Comisión de Comunicación, Arte, Cultura, Deporte y Recreación.

6.    Convocar y Presidir la Comisión de Vinculación con la Sociedad.

7.     Convocar y Presidir la Comisión de Seguimiento a Graduados.

8.    Promover,    organizar    y    coordinar    las    actividades    informativas,    culturales científicas,  de extensión universitaria, y publicaciones.

9.    Promover  la  investigación  formativa  como  eje  transversal  en  la  currículo  de las  carreras  de  grado,  así  como  la  dinámica  de  la  relación  con  el  conocimiento que  debe  existir  en  todos  los  procesos  académicos,  tanto  en  el  aprendizaje  por parte  de  los  estudiantes,  como  en  la  renovación  de  la  práctica  pedagógica  por parte de los docentes.

10.  Planificar y Coordinar con los Decanos (as) y Subdecanos (as) de las Facultades, la realización de eventos académicos, artísticos, culturales, deportivos y recreativos.

11.  Supervisar  el  cumplimiento  de  las  labores  que  realizan  las  unidades  académicas, de acuerdo con la programación de los períodos lectivos.

12.  Presentar informe al Órgano Colegiado Superior (OCS), para análisis y concesión del Año Sabático a los docentes de la universidad, previa resolución del Consejo Directivo de cada Facultad de acuerdo a las disposiciones de la LOES y sus Reglamentos.

13.  Supervisar los procesos de titulación de las carreras y programas de la Universidad.

14.  Presidir la Comisión de Seguimiento a Graduados y dirigir el sistema de seguimiento a graduados de la Universidad Técnica de Babahoyo, manteniendo una base de datos actualizada, cuyos resultados serán puestos en conocimiento al Órgano Rector de la Política Pública de la Educación Superior.

15.  Proponer  las  medidas  tendientes  a  mejorar  la  organización  de  los  servicios  que presten   los   organismos   universitarios,   tales   como:   Biblioteca,   Almacén   de Servicios Universitarios, Centro de Cómputo, Centro de Ayudas Audiovisuales, Bienestar Universitario y otros.

16.  Resolver y autorizar, dentro del ámbito de su competencia, trámites sobre solicitudes de orden académico de docentes y estudiantes, de acuerdo a los reglamentos y a las disposiciones del Órgano Colegiado Superior (OCS).

17.  Gestionar el financiamiento del proceso de autoevaluación, capacitación de docentes y estudiantes, año sabático, programas de becas y ayudas económicas para estudiantes conforme a lo establecido en la LOES y Régimen Académico.

18.  Supervisar  los  procesos  de  evaluación  del  desempeño  académico  de  los  docentes, de  conformidad  con  lo  establecido  en  el  Reglamento  de  Carrera  y  Escalafón  del Profesor e Investigador del Sistema de Educación Superior.

19. Estudiar, proponer y evaluar, para conocimiento del Rector (a), los convenios de intercambio cultural, científico, tecnológico y académico con otras instituciones nacionales o extranjeras, así como, formular los planes de trabajo para la ejecución de los convenios.

20.  Ejercer control sobre la distribución y uso de la asignación institucional del 1% para capacitación docente.

21.  Proponer al Órgano Colegiado Superior el plan anual de capacitación docente.

22.  Supervisar que se remita oportunamente en formato digital, para su difusión, los trabajos de titulación correspondientes a los títulos académicos de grado al Sistema Nacional de Información de la Educación Superior del Ecuador.

23.  Conocer   e   informar   al   Órgano   Colegiado   sobre   los   diseños   y   rediseños curriculares actualizados en cada Unidad Académica, previo al trámite de análisis y aprobación del Consejo de Educación Superior.

24.  Planificar el desarrollo de bibliotecas, incluyendo las virtuales, que contará con el financiamiento respectivo.

25.  Informar al Órgano Colegiado Superior (OCS). de las acciones pertinentes a su función, para sugerir medidas preventivas a problemas posibles de presentarse; y, Las demás que establece la LOES, su Reglamento y el presente Estatuto Orgánico.

Administrativo

Dirección: Av. Universitaria Km 21/2 Av. Montalvo

  Teléfono: 05-2570368 Email: webutb@utb.edu.ec

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